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Donar es celebrar un acto jurídico mediante el cual una persona (“donante”) decide disponer un inmueble (o varios) a favor de otra persona (“donatario”), en forma gratuita.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Con este trámite se evita la sucesión al momento del fallecimiento del donante?
Sí, porque con este acto el inmueble se transmite a los donatarios.
¿Puede el donante continuar habitando la propiedad una vez donada?
Sí. Existe la reserva de usufructo para que el donante no pueda ser impedido de ello.
REQUISITOS PARA EL TRÁMITE
Título de propiedad (escritura).
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